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La Revista

Legal, seguro y Gratuito

Medio millón de mujeres por año interrumpen un embarazo en la Argentina en condiciones precarias. Aunque existen protocolos para observar el cumplimiento efectivo del aborto no punible, la mayoría de las provincias no los siguen. Mientras tanto, la despenalización aguarda a ser tratada en el Congreso. 

Por Sin Firma
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el abortoIII

En la próxima Sesión Especial de la Asamblea General de la ONU, a realizarse Nueva York en septiembre, la Argentina intentará liderar la negociación para una agenda mundial que garantice el respeto y el acceso a los derechos sexuales y reproductivos.

Ya lo había hecho en abril, durante la 47ª Cumbre de Población y Desarrollo de ese organismo, pero entonces los países africanos encabezados por Camerún, en alianza con las naciones árabes, Rusia y el Vaticano, obstaculizaron la redacción del documento final e impidieron que se aprobaran tramos consensuados por 59 países, donde se reafirmaba la autonomía de las mujeres a decidir sobre sus derechos sexuales y reproductivos.

Uno de los puntos clave, el derecho de acceder al aborto seguro, legal y gratuito, sigue apareciendo como un manchón de desigualdad persistente, sobre todo para las adolescentes y mujeres pobres en situación de vulnerabilidad.

A veinte años del Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (Cipd) en El Cairo -donde por primera vez se reconocieron los derechos sexuales y reproductivos- y a casi un año de la firma del Consenso de Montevideo -acuerdo histórico en el que los gobiernos de 38 países de América Latina y el Caribe, incluida la Argentina, se comprometieron para “prevenir y evitar el aborto inseguro”-, la despenalización del aborto es una de las deudas pendientes de la democracia.

Cada año, unos 500.000 embarazos no deseados son interrumpidos en condiciones inseguras, con impacto directo en la morbilidad y la mortalidad de las mujeres. Un centenar, sin dimensionar los sub registros, mueren por abortos inseguros o incompletos.

En una de las últimas audiencias públicas de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito realizadas en el Congreso de la Nación, la médica e investigadora Mariana Romero, del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes), dijo que entre 2007 y 2011, una de las principales causas de mortalidad materna seguía siendo el aborto inseguro. Romero advirtió que a las mujeres “no las mata el aborto. Las matan las condiciones en que acceden a esa práctica”.

La ginecóloga y especialista en medicina legal Stella Maris Manzano, integrante de la Campaña, según cálculos propios extraídos de cifras del Ministerio de Salud de la Nación, detalló que en 2012 murieron 283 mujeres por causas vinculadas con el embarazo. Pero un 11 por ciento, es decir 33 mujeres, fallecieron por abortos peligrosos.

“Hasta dos o tres décadas atrás, todos los años morían cien mujeres por esa causa. ¿Por qué sólo fueron 33 en 2012? Porque muchos comenzamos a hacer abortos no punibles en los hospitales, por la intervención de Socorristas en Red, por el uso del misoprostol. Algunos parecen esfuerzos individuales, lo sé, pero son preferibles a ponerse una sonda o un tallo de perejil».

 SITUACIONES DISPARES

Manzano aceptó realizar un aborto autorizado en 2010 por el Tribunal Superior de Justicia de Chubut a la adolescente A. G., de 15 años, embarazada como consecuencia de haber sido violada por su padrastro. Fue la primera vez que un superior tribunal de Justicia falló a favor de un aborto por violación en una adolescente no discapacitada.

Dos años después, la Corte Suprema de la Nación confirmó la sentencia en votación unánime, poniendo fin a interpretaciones antojadizas relacionadas con el alcance del artículo 86 del Código Penal, en su inciso 2. Se dejó asentado que “la Constitución y los tratados de derechos humanos no sólo no prohíben la realización de esta clase de abortos sino que, por el contrario, impiden castigarlos respecto de toda víctima de una violación en atención a los principios de igualdad, dignidad de las personas y legalidad”.

Los médicos “en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos”; basta una declaración jurada de la víctima o de su representante legal, “en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación”.

Por último, se indicó que los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y no obstaculizarlos, “por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso” a esas intervenciones.

La implementación de la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles (ANP), elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación en 2007 y revisada en 2010, asomó como una herramienta que completaría lo establecido por la Corte. Sin embargo, al día de hoy atraviesa “un paisaje federal con niveles de respeto dispares”, lamentó la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez.

En la actualidad, sólo ocho provincias aplican lo dispuesto por la Corte: Chaco, Jujuy, Santa Fe, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Chubut y Tierra del Fuego. Otras como Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Río Negro y Salta manejan protocolos opuestos a esos lineamientos y obstaculizan el acceso a la práctica. Mientras que Catamarca, Corrientes, Mendoza, San Juan, San Luis, Santiago del Estero, Formosa y Tucumán carecen de normas referidas a abortos no punibles. Por caso, Formosa y Tucumán ni siquiera adhieren al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

La directora del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Natalia Gherardi, expuso que “la realidad del aborto legal en la Argentina no cambió sustancialmente luego de la decisión de la Corte Suprema”, por lo que resaltó “la importancia de tener un protocolo de actuación que se cumpla en todo el país”.

Como estrategia alentadora, varios municipios están implementando consejerías pre y pos aborto, donde también se informa sobre la utilización correcta del misoprostol para la interrupción de embarazos que no requieran una intervención quirúrgica. Pero la medicación está restringida en buena parte del país, o con dificultad para obtenerla en farmacias.

La objeción de conciencia no sólo se extiende detrás de los mostradores o en las consultas médicas: la primera Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva que realizaron el Ministerio de Salud de Nación y el Indec reveló que si bien existe “una altísima disponibilidad de métodos anticonceptivos en forma gratuita” en los siete mil centros de atención primaria de la salud distribuidos en todo el país, los profesionales de esos servicios no informan sobre su existencia o simplemente no los distribuyen.

En el Congreso, mientras tanto, un proyecto de despenalización firmado por unos setenta diputados y diputadas espera tratamiento en comisiones. La iniciativa lleva la firma de la presidenta del bloque del Frente para la Victoria (FPV), Juliana Di Tullio, y fue presentada por la diputada Adela Segarra a principios de abril. Reconoce el derecho de la mujer a decidir la interrupción voluntaria del embarazo durante las primeras doce semanas de gestación y habilita el acceso al aborto gratuito en el sistema de salud público y privado, sin autorización judicial previa.

Sólo se podrá abortar fuera de ese plazo si el embarazo es producto de una violación, en caso de que represente riesgo para la salud de la madre o si existiesen malformaciones fetales graves.

“Este es un buen momento para debatir, más aún con la presencia del papa Francisco -guiñó Segarra-. Si bien la Iglesia no está a favor, es una institución comprometida con los pobres y da muestras de estar abierta a la discusión de ciertos temas. Pero también el sistema de salud tiene que sacarse la careta: hay muchos profesionales que se declaran objetores, pero después practican abortos en las clínicas o en consultorios particulares. Por eso es urgente dar el debate en todos los ámbitos.”

Por Roxana Sandá

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