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La Revista

El indulto a los genocidas

A solo cinco años de las condenas a los responsables de los crímenes de lesa humanidad, el entonces presidente Carlos Saúl Menem los indultó, contra toda la presión popular que clamaba que se cumplieran las condenas.

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Juicio a las Juntas

El 28 de diciembre de 1990, el Poder Ejecutivo intervino en la aplicación de justicia, firmando los decretos de indulto para quienes fueron los máximos responsables de haber secuestrado, robado, torturado y desaparecido a 30.000 personas durante la última dictadura cívico militar. Mediante los decretos 2741, 2742 y 2743, quedan en libertad la totalidad de los ex-miembros de las juntas militares, Jorge Rafael Videla, Emilio Massera, Orlando Ramón Agosti, Roberto Viola y Armando Lambruschini; los jefes de la Policía Bonaerense, Ramón Camps y Ovidio Riccheri; el jefe de la organización Montoneros, Mario Eduardo Firmenich y también Norma Bremilda Kennedy, Duilio Antonio Rafael Brunello, José Alfredo Martínez de Hoz y Carlos Guillermo Suarez Mason

El año anterior ya habían sido indultados los responsables de las políticas y estrategias militares de la Guerra de Malvinas, Leopoldo Fortunato Galtieri, Jorge Isaac Anaya y Basilio Arturo Ignacio Lami Dozo y todos los jefes militares que estaban procesados y no habían sido beneficiados por las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, además de algunos líderes de organizaciones armadas y todo el personal militar, de la Prefectura Naval y de inteligencia que formó parte de las sublevaciones contra el gobierno constitucional en Semana Santa y Monte Caseros en 1987, y de Villa Martelli, en 1988.

En total, fueron indultadas unas 1200 personas, entre militares y civiles, muchos de ellos todavía con procesos sin condenas, contra lo que requiere un indulto.

Muchos años después, el 15 de junio de 2006, la Cámara de Casación Penal se expidió indicando que los indultos concedidos por los delitos de lesa humanidad eran inconstitucionales y esto fue ratificado cuatro años después por la Corte Suprema de Justicia, que confirmó sentencias de tribunales inferiores bajo la figura de inconstitucionalidad para los indultos, por lo que indicó que las condenas anuladas debían ser cumplidas.Juicio a las Juntas3

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